El Título VIII de la Constitución de 1978 regula la descentralización de ciertos poderes del Estado y posibilita la creación de Comunidades Autónomas. El proceso de construcción del Estado de las Autonomías tuvo dos etapas diferentes:
- La primera fue la de las preautonomías, es decir, la concesión de una autonomía provisional a regiones cuyos representantes la solicitaran.
- La segunda se emprendió a partir del momento en que la Constitución reguló definitivamente el régimen autonómico.
A pesar de la represión franquista, ésta no había conseguido anular los sentimientos nacionalistas en Cataluña, País Vasco y Galicia, donde la defensa de la democracia siempre había ido acompañada de la reivindicación de autonomía. Tras la muerte de Franco se produjeron también demandas de autonomía en otras regiones españolas (Andalucía, Valencia, Canarias, Asturias, Aragón, y Extremadura) proliferando las manifestaciones de identidad regionalista. Los gobiernos de la democracia vieron la urgencia de dar solución a las demandas de vascos y catalanes, y se replantearon la conveniencia de una reorganización territorial del Estado mediante la creación de un sistema generalizado de autonomías.
Los primeros estatutos (Preautonomías)
Tras las elecciones de 1977, el gobierno de UCD se propuso afrontar las reivindicaciones autonomistas de Cataluña. Adolfo Suárez entró en contacto con Joseph Tarradellas, presidente de la Generalitat en el exilio, y pactó el restablecimiento de la Generalitat de Cataluña y el regreso de Tarradellas como presidente.
En el País Vasco existía una gran movilización popular en demanda de autonomía y, asimismo, de amnistía para los presos políticos vascos. La situación era muy tensa, dada la persistencia del terrorismo de ETA. En 1977, el gobierno legalizó la ikurriña (bandera vasca) y concedió tres amnistías. Las negociaciones entre el gobierno y los parlamentarios vascos culminaron en la formación de un Consejo General Vasco. En Galicia se creó una Xunta de Galicia provisional.
Estatutos de Autonomía (tras la Constitución)
La Constitución establecía la posibilidad de que todas las regiones (u otras agrupaciones provinciales) se convirtieran en Comunidades Autónomas. Cada una de ellas se regiría por un Estatuto de Autonomía y se dotaría de órganos legislativos, elegidos por sufragio universal (parlamentos autónomos) y órganos ejecutivos (gobiernos autónomos). Pero establecía dos procedimientos distintos: uno más rápido y completo, previsto en el artículo 151, al que podían acceder directamente las nacionalidades históricas (Cataluña, Galicia y el País Vasco) y otro más lento, previsto en el artículo 143, que sería el que regiría a la mayoría de las Comunidades Autónomas a excepción de Navarra (por sus peculiaridades forales) y Andalucía que así lo decidió en referendum.
Tras la aprobación de la Constitución se elaboraron los Estatutos de Autonomía de Cataluña y del País Vasco, aprobados en referéndum el año 1979. En 1980, se eligieron los primeros parlamentos autonómicos. En Cataluña, las elecciones autonómicas dieron el triunfo a Convergencia i Unió y Jordi Pujol fue elegido presidente de la Generalitat. En el País Vasco, el Partido Nacionalista Vasco obtuvo la mayoría y Carlos Garaikoetxea se convirtió en lehendakari.
En Galicia, en abril de 1978, se formó la primera Xunta de Galicia con carácter provisional y, en 1980, se aprobó en referéndum el Estatuto de Autonomía. Las primeras elecciones autonómicas se celebraron en 1981 y Alianza Popular fue el partido más votado, lo que otorgó la presidencia de la Xunta a Xerardo Fernández Albor.
Consolidación del mapa autonómico
La Constitución reconoció la existencia de diferentes nacionalidades y regiones con derecho a constituir su propio autogobierno. En 1981 la Ley de Armonización del Proceso Autonómico (LOAPA) reguló las vías de implantación de las comunidades autónomas, aunque algunos artículos de la ley que retocaban competencias fueron declarados inconstitucionales por el Tribunal Constitucional dos años después. Así, quedó configurado un nuevo modelo de Estado que se denominó Estado de las Autonomías.
De esta manera, quedaron constituidas un total de 17 Comunidades Autónomas, todas ellas reguladas por sus Estatutos de Autonomía y regidas por sus respectivos gobiernos y parlamentos. La aprobación de los diferentes estatutos se hizo de manera progresiva (entre 1982 y 1983). En 1995 se completó el mapa autonómico con la aprobación de los Estatutos de Ceuta y Melilla.
A lo largo de los años siguientes, y de forma progresiva, se realizó el traspaso de servicios, competencias y funcionarios (educación, sanidad, etc.) del Gobierno central a las diferentes Comunidades Autónomas.
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